Juan Mar, absuelto de prevaricación y malversación por la compra de un local anexo al ayuntamiento de Castril
Tribunales
La Audiencia le da la razón y admite que el procedimiento se ajustó a la normativa
La Fiscalía pidió la absolución para el exalcalde, la arquitecta municipal y el secretario
Granada/El exalcalde de Castril José Juan López Ródenas (PSOE), conocido como Juan Mar, ha sido absuelto de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos por los que fue a juicio a finales del pasado mes de octubre. En la causa se juzgaba la adquisición de un inmueble anexo al Ayuntamiento durante su etapa al frente del Consistorio.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Granada Hoy, la Audiencia Provincial también absuelve a la arquitecta municipal y al secretario, el cual ya quedó fuera del proceso después de que se le retiraran los cargos durante el juicio.
La Fiscalía solicitó la absolución para los tres al no considerar demostrada la existencia de un concierto de voluntades para incumplir la legalidad.
López Ródenas defendió durante el juicio que dicho inmueble era "necesario" para montar un ascensor y su compraventa se ajustó a la legalidad. El exalcalde admitió que preguntaron a todos los vecinos de los edificios que estaban al lado del Ayuntamiento y que "el único local que se quería vender era ése". Asimismo, afirmó que adquirió el local anexo al edificio consistorial con la finalidad de solventar un "problema de accesibilidad" en la época de la Ley de Dependencia.
La Audiencia le ha dado la razón en todos estos extremos y entiende que el procedimiento se ajustó a la normativa. Tampoco ve acreditado que la ampliación de las dependencias municipales fuese innecesaria, como alegaban las acusaciones, y que sólo tuviese por objeto beneficiar al padre de un compañero de partido. Ante esta acusación, Juan Mar defendió durante el juicio que "jamás habría permitido un trato de favor".
La acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento de Castril, gobernado por Nuevo Castril, solicitó para los acusados seis años de cárcel e inhabilitación por entender que el inmueble se había adquirido "eludiendo" la legalidad y pagando más de su valor.
Además la sentencia, contra la que cabe recurso, afirma que no se puede atribuir a López Ródenas la decisión de la actual corporación de no darle el uso para el que fue adquirido el inmueble, que costó 95.294 euros.
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