Procesado por prevaricación el alcalde de Cogollos de Guadix en caso de supuesto fraude electoral
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Guadix ha dado por concluida la instrucción del caso por un supuesto delito electoral en las municipales del pasado mayo
Ciudadanos pide su dimisión inminente
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Guadix ha dado por concluida la instrucción del caso por un supuesto delito electoral en las municipales del pasado mayo en Cogollos de Guadix y ha procesado por la presunta comisión de un delito de prevaricación por omisión al alcalde de este municipio de la provincia de Granada, Eduardo Martos (PP).
En un auto fechado el pasado 9 de octubre, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez acuerda la continuación de las diligencias previas por el trámite del procedimiento abreviado, procesando por la presunta comisión de un delito de falsedad documental o falsedad electoral en voto por correo a una mujer que estuvo contratada para la ayuda a domicilio en Cogollos de Guadix, donde una vecina habría descubierto en la jornada electoral del 28 de mayo de 2023 que "alguien había votado por ella por correo utilizando su identidad".
En el presente caso, en el que la Fiscalía pidió el archivo provisional de la causa, se entiende según la autoridad judicial que se cumple con la existencia de "indicios" para apertura de procedimiento abreviado y que existe además una parte, la acusación popular, que ha venido ejerciendo el partido CS, en la oposición en Cogollos de Guadix, y "que está interesada en la apertura de la misma y en la presentación de escrito de acusación".
De lo actuado en la causa, el juez apunta en el auto a indicios de que el día de las elecciones municipales pasadas la señora afectada al parecer "constató que ya habría votado por correo alegando que ella nunca solicitó ni ejerció dicho voto", anulándose el sufragio por correo por la Junta Electoral de Zona (JEZ).
Agrega el auto que dicho sufragio "habría sido realizado por su cuidadora", la entonces trabajadora del Ayuntamiento ahora procesado, y que, "en la monitorización y trazabilidad del voto por correo figura como remitente el email" de un familiar de la investigada.
En cuanto a las presuntas irregularidades en los padrones municipales de Cogollos de Guadix, de unos 650 habitantes, la autoridad judicial cita los informes policiales realizados al efecto determinaron "un número de personas considerable" que "si bien constan empadronadas en el municipio no residen efectivamente en el mismo y estarían emparentadas o relacionadas con el Ayuntamiento y con el alcalde", que es también en la actualidad diputado provincial de Asistencia a Municipios y Emergencias.
Asimismo pone de manifiesto que supuestamente "el alcalde con conocimiento de esta situación y a sabiendas de que podría tener una influencia determinante en el resultado de las elecciones municipales no habría iniciado u ordenado iniciar el procedimiento de revisión de oficio del padrón municipal estando obligado a actuar", agrega el auto.
En la investigación judicial abierta tras las elecciones, declaró la mujer que dijo sentirse perjudicada porque habrían votado en su nombre, quien ratificó su denuncia y negó que ella hubiera firmado nada para votar por correo.
Tras una denuncia de Ciudadanos, que ha pedido la dimisión de Martos por este caso, el juzgado abría diligencias por supuesto delito electoral, detallando las fuentes judiciales consultadas por Europa Press a finales de junio, que también se investigaban una treintena de empadronamientos presuntamente irregulares.
Anteriormente, la JEZ acordaba el pasado 4 de junio por mayoría "deducir testimonio de particulares sobre presuntos delitos electorales y remitir al juzgado decano para su reparto, sin que quepa la anulación del proceso electoral por la mera denuncia de la supuesta comisión de tales delitos", por lo que el Ayuntamiento, con el PP, con mayoría absoluta, en el gobierno local, y PSOE además de CS en la oposición, se pudo constituir con normalidad.
Reclamación sobre el voto
Antes, según consta en el acta, a la que tuvo acceso Europa Press, el órgano electoral afirmaba que "lo único que se hizo constar en el acta de sesión de la mesa" única de Cogollos de Guadix "fue la reclamación sobre el voto de la referida señora" y que "el resto de motivos" no constan en la misma "ni en la de escrutinio".
Por otro lado, según los documentos consultados por Europa Press al respecto, el órgano electoral remitió una rectificación del informe emitido el 20 de septiembre para su unión a las diligencias previas acerca del número de votos por correo solicitados en la mesa electoral de Cogollos de Guadix, que fueron 94, siendo emitidos 92. En el informe rectificado "sólo se tuvo en cuenta un voto por correo sobre el que se formuló reclamación", detallaba el texto de la JEZ.
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