Notas al margen
David Fernández
El problema del PSOE-A no es el candidato, es el discurso
Condena a 5 años de cárcel
El sumario del caso Juana Rivas contiene un detalle sobre la historia de esta familia que los magistrados de la Audiencia de Granada han destacado ahora como argumento que podría desacreditar la estrategia de defensa de la madre de Maracena. El tribunal desvela que al poco tiempo de que el padre de los menores fuera condenado por malos tratos (tras una denuncia de ella en 2009), la madre dejó al único hijo que tenían entonces al cuidado de Francesco Arcuri en Italia durante un verano para realizar un viaje a Camboya. En aquel momento ella tenía la custodia del menor.
El tribunal formado por los 5 magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Granada, que acaba de confirmar la condena a 5 años de cárcel y los 6 de inhabilitación para la patria potestad de los dos hijos de Juana Rivas, dedica en su sentencia un amplio apartado a rebatir las alegaciones presentadas por su defensa, en relación a los supuestos malos tratos del padre. A su juicio, la madre "desvía la atención" con estos argumentos sobre los hechos que se enjuician, que son la sustracción de los menores.
El tribunal señala como hecho muy significativo, en relación al posible temor que Juana Rivas pudiera tener del padre de sus hijos, que ella, voluntariamente, dejara al mayor de ellos al cuidado de Arcuri en Italia en 2012 para hacer un viaje a Camboya. Esto consta en un email que le envía al niño y que forma parte del sumario.
Después de aquel viaje de la madre de Maracena, ella decidió reanudar la convivencia con Francesco, de modo que vuelve a Italia y "conciben el segundo hijo, en una convivencia ininterrumpida desde al menos el año 2013, hasta que ella viaja de vacaciones a España en Mayo de 2016 a ver a la familia y con pasaje de vuelta en el mes de junio de 2016". Pero no regresó entonces y ahí es donde se produce, según los magistrados, el inicio de los delitos de sustracción cometidos por Juana Rivas.
El momento culminante de este periplo se produjo en el verano de 2017, cuando un juzgado granadino insta a Juana Rivas a entregar a sus hijos al padre (que vino hasta España) y la madre decide permanecer en paradero desconocido hasta finales de agosto, cuando se tiene que entregar en los juzgados porque era buscada por las fuerzas de seguridad.
"La recurrente replantea una controversia ya resuelta, pues al quedarse sin argumentos insiste una y otra vez en lo mismo, el maltrato y la necesidad de proteger a sus hijos. Eso ya se vio en el procedimiento civil y se resolvió, no quedando justificada la existencia de peligro para los menores", exponen los magistrados en su sentencia. "Y en esta causa se decide exclusivamente sobre la no entrega de los menores pese a las resoluciones que así lo establecen, reteniéndolos, ocultos, sin que se supiera de su paradero".
En la primera sentencia del juez de lo Penal 1 de Granada fueron muy reseñadas las consideraciones que hizo sobre la campaña popular y mediática llevada por Juana Rivas en contra Arcuri, al que acusaba públicamente de ser un maltratador. Impuso a la acusada una indemnización de 30.000 euros por vulnerar su honor. La Audiencia contradice ahora parcialmente esta perspectiva y sólo reconoce el derecho del padre a ser indemnizado por la "angustia" vivida respecto a la inseguridad sobre el paradero de sus hijos. De ahí que la condena civil se haya reducido a 12.000 euros.
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